
ISSN 2660-9037
CLÍO: Revista de Historia, Ciencias Humanas y pensamiento crítico / Año 4, Núm 8. Julio/Diciembre (2024)
Katia Díaz-León, Lina Iris Palacios-Serna, Carlos Esteban Borrego-Rosa
Educación inclusiva: de las consideraciones teóricas a la praxis social.
PP. 169-183
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Por ello, asumir la educación inclusiva es aceptar que engloba todos los aspectos de la
educación, tales como lo curricular, lo didáctico, lo evaluativo, la infraestructura y la gestión.
En otras palabras, la educación inclusiva no camina de forma separada de los cimientos de la
educación, sino que forma parte esencial de esta, siendo una responsabilidad de cada actor
involucrado, velar por la continuidad y permanencia de la inclusión en los espacios escolares.
Conectando estas ideas, la inclusión en el ámbito educativo tiene como objetivo estable-
cer un conjunto de procesos, cuya nalidad radica en eliminar o minimizar las barreras en
los aprendizajes, conduciendo a la participación de todo el alumnado. Se trata de desmon-
tar las estructuras del sistema educativo, que se encuentra inmersos dentro de las escuelas,
institutos, universidades, así como dentro de la comunidad y de los organismos estatales
y nacionales, que, de alguna u otra manera, ejercen discriminación y exclusión sobre la po-
blación estudiantil que no tiene las mismas posibilidades que el resto de educandos, tales
como aquellos que tienen necesidades especiales (Booth & Ainscow, 2015)
3. Educación inclusiva: un enfoque pensado para los estu-
diantes con necesidades especiales
Pérez (2016), sitúa el origen del término necesidades especiales dentro de la educación
en la búsqueda del reconocimiento, respeto y promoción de los derechos de estudiantes con
discapacidad motriz, sensorial, cognitiva, excepcionales, entre otras, mediante servicios pú-
blicos, ciudadanos y comunitarios, que respondan a sus necesidades más elementales. Em-
pero, el concepto de necesidades especiales ha ido evolucionando, conforme se ha aceptado
que este no se encuentra anclado sólo a condiciones de salud física, lo que, acompañado
con la claricación del concepto de discapacidad por parte de organismos internacionales,
como la OMS, ha derivado en conceptualizaciones contundentes sobre el tema.
La OMS (2023), precisa que la discapacidad forma parte de los individuos de forma cir-
cunstancial o permanente, siendo el resultado de afecciones, lesiones o basado en la com-
binación de diversos factores ambientales y personales. Estima que, para el año 2023, cerca
de 1300 millones de personas sufrían algún tipo de discapacidad importante, cifra que va
en aumento, como resultado del crecimiento poblacional. Sin embargo, lo destacable de
esta denición, es que las personas con discapacidad constituyen un grupo diverso, que re-
quieren de atención especial, sin desatender otras áreas humanas en las que se encuentran
envueltos, como la salud, la sexualidad, la edad, la etnicidad, por citar algunos elementos.
La discapacidad, en consecuencia, es una peculiaridad o atributo de algún individuo,
originado mediante un trauma o problema de salud, que requiere de intervención profesio-
nal, mientras que las necesidades especiales trascienden las limitaciones físicas e integran
elementos como lo emocional, la diversidad cultural, la salud mental, condicionamientos
personales, problemas de lectura, escritura e, inclusive, la citada discapacidad física. En-
tendido así, las necesidades especiales se articulan a las propuestas teóricas suscitadas