1
Naturaleza y fines de la inteligencia artificial. Desafíos políticos,
jurídicos y económicos en el siglo XXI
Asma Jadallah Khasawneh*, Iryna Mihus**, Nataliia Svyrydiuk***, Zinaida Zhyvko****
Resumen
La noción de naturaleza y fines de la inteligencia artificial IA nos remite a un análisis
ontológico de este fenómeno tecnológico, en pleno desarrollo en el siglo XXI, es decir, a la
búsqueda del significado de la IA en general en la estructura de la experiencia sensible del
mundo, tal como se presenta en la conciencia, lo que podrá revelar el ser y esencia del ente
IA, más allá de los factores contingentes que le identifican. Mediante una metodología
próxima a la mayéutica socrática que hace preguntas en su intento dialógico por entender los
fenómenos trascendentales, en su doble dimensión cultural y epistemológica, el objetivo de
este ensayo consiste en interpretar los desafíos políticos, jurídicos y económicos que son
propios de la naturaleza de la inteligencia artificial, en la segunda década del siglo XXI,
época caracterizada por el predominio de las nuevas tecnologías de la información y
comunicación en todas las relaciones sociales. Se concluye que en el futuro próximo la IA
puede modificar radicalmente a las sociedades humanas, lo que demanda en los hacedores
de políticas públicas y organismos legislativos en general, la capacidad de regular las
condiciones de uso y desarrollo de esta tecnología para evitar escenarios indeseados.
Palabras clave: ontología de la inteligencia artificial; nuevas realidades tecnologías; desafíos
políticos; riesgos; seguridad económica.
Nature and purpose of artificial intelligence. Political, legal and economic
challenges in the 21st century
Abstract
The notion of nature and purpose of artificial intelligence (AI) refers us to an ontological
analysis of this technological phenomenon, in full development in the 21st century, that is,
to the search for the meaning of AI in general in the structure of the sensible experience of
the world, as it is presented in consciousness, which may reveal the being and essence of the
AI entity, beyond the contingent factors that identify it. By means of a methodology close to
the Socratic maieutics that asks questions in its dialogic attempt to understand transcendental
phenomena, in its double cultural and epistemological dimension, the objective of this essay
is to interpret the political, juridical and economic challenges that are proper to the nature of
artificial intelligence, in the second decade of the 21st century, an era characterized by the
predominance of new information and communication technologies in all social relations. It
is concluded that in the near future AI can radically modify human societies, which demands
from public policy makers and legislative bodies in general, the ability to regulate the
conditions of use and development of this technology to avoid undesirable scenarios.
Keywords: ontology of artificial intelligence; new technological realities; prospective AI
scenarios; policy challenges.
2
* Department of History, College of Arts and Languages, Jadara University, Irbid, Jordan. ORCID:
https://orcid.org/0000-0002-4460-0257. Email: akhasawneh@jadara.edu.jo
** Director, Scientific Center of Innovative Research, Estonia. ORCID: https://orcid.org/0000-0001-6939-9097.
Email: irynamihus@gmail.com
*** Odesa State University of Internal Affairs, National Academy of the Security Service of Ukraine, Ukraine.
ORCID: https://orcid.org/0000-0001-9772-1119. Email: S_N_P_@ukr.net
**** Department of Economics and Management, Academy of Economics and Pedagogy, Prague,
Czech Republic. ORCID: hps://orcid.org/0000-0002-4045-669X. Email: zinaukraine@gmail.com
Introducción
El título de este artículo puede resultar polémico y contradictorio a priori; polémico,
porque si entendemos la inteligencia artificial IA como una tecnología que combina
algoritmos para crear máquinas (tangibles y/o software) con capacidades similares a las
humanas, como el razonamiento, el aprendizaje y la toma de decisiones relativamente
autónoma, queda claro que, al menos en términos de la filosofía existencialista o medieval,
se trata de un ente que no tiene naturaleza, sino esencia cultural, de ahí que no se puede hablar
asertivamente de la naturaleza de la IA como se habla, por ejemplo, de la naturaleza humana
stricto sensu, situación de la que emana el carácter intrínsecamente polémico del ensayo.
La naturaleza y la esencia, a veces conceptos sinónimos y otras con significado
particular según el autor que se consulte (Ferrater, 2004), han sido conceptos clave de la
filosofía metafísica desde la antigüedad clásica. En palabras de autor Marcos, los filósofos
antiguos y medievales: “…asumieron como una tarea propia la investigación de los
elementos invariantes que condicionan y posibilitan la existencia humana, de los rasgos
esenciales que hacen que seamos precisamente humanos y no cualquier otra cosa” (2010, p.
02) (negritas añadidas). Así las cosas, la noción de naturaleza hace alusión a dos categorías
propias de la ontología, por un lado, los elementos invariantes de un ser, esto es, su identidad
y; por el otro, los aspectos esenciales que definen los atributos universales de ese ser, no de
forma inductiva, sino más bien deductiva, mediante premisas semánticas como: los seres
humanos son inteligentes por naturaleza.
En este orden de ideas, una definición lapsa de esencia puede permitir entonces, al
menos bajo determinadas condiciones textuales y contextuales susceptibles a la mirada
hermenéutica, suponer que la IA tiene una esencia que puede ser descrita o interpretada en la
estructura de la experiencia sensible del mundo, tal como se presenta a la conciencia del
3
sujeto cognoscente que forma parte de un mundo inteligible. Por lo tanto, conviene preguntar
entonces ¿Cómo se puede entender la nación de esencia o naturaleza de la IA en el contexto
de la revolución digital propia del siglo XXI? Simplemente, revelando no su naturaleza,
porque no es una entidad metafísica, sino más bien tecnología, instrumental y cultural; de lo
que se trata aquí entonces es de poder identificar su esencia, esto es, sus fines universales y
su razón de ser en el mundo de vida actual, lo que sin duda nos lleva a una suerte de examen,
teleológico y ontológico.
Tal como ya se dijo en el resumen, el objetivo de este ensayo consiste en interpretar
los desafíos políticos, jurídicos y económicos que son propios de la naturaleza de la
inteligencia artificial, en la segunda década del siglo XXI, época caracterizada por el
predominio de las nuevas tecnologías de la información y comunicación TIC en todas las
relaciones sociales e intersubjetivas. Este objetivo de investigación y reflexión se puede
expresar también en la pregunta a modo de formulación del tema-problema: ¿Cuáles son los
principales desafíos políticos, jurídicos y económicos que son propios de la esencia de la IA,
para las civilizaciones humanas en el siglo XXI? Obviamente, no hay una respuesta simple
ni unívoca a esta cuestión. La construcción de una respuesta coherente a esta y a otras
preguntas similares sobre el álgido tema de la IA, fue la motivación principal de este ensayo.
Por lo demás, animó el desarrollo de esta investigación la superación de una concepción
erudita y fosilizada de la ontología como parte de la filosofía metafísica encargada del estudio
de la realidad y, por extensión, de sus entes y fenómenos constitutivos, tal como se presentan
a la conciencia y como continuo objetivo y subjetivo. Para los autores de esta investigación,
sin lugar a duda, se puede usar la ontología de modo responsable para abordar temas de
interés general como la IA y no únicamente intrincadas cuestiones filosóficas que solo
importan a los especialistas en esta área del saber.
Este ensayo está dividido en 5 secciones, en la primera, se muestran los principales
referentes teóricos que configuraron nuestra visión de la IA, como un ente material y
simbólico; en la segunda, se describen los fundamentos metodológicos y gnoseológicos que
permitieron realizar este ensayo; en la tercera sección, se discuten los principales resultados
del análisis ontológico de la IA; en la cuarta, se arriban a las conclusiones y recomendaciones
4
que emergen de este caso de estudio. Por último, se muestran las referencias bibliográficas
consultadas.
1. Referentes teóricos que permiten configurar una visión amplia y flexible de la
ontología en el marco de los estudios sobre IA
Una revisión por la web de artículos científicos publicados en revistas de alto impacto
en inglés y en español demuestra que, el análisis ontológico puede ser aplicado a diferentes
ámbitos de estudio, como en la física, pedagogía o epistemología. Por ejemplo, en el estudio
de Hoyos y Pocovi (2020), el análisis ontológico es utilizado incluso en los dominios de la
electromagnética: “En este trabajo se presenta el análisis… del concepto de inducción
electromagnética con el objeto de que constituya una guía para el diseño de una propuesta
didáctica centrada en la naturaleza de este concepto y en su carácter relativista” (p. 38).
En el mismo orden ecléctico que pone a prueba la ontología, lo que pudiera
escandalizar a los académicos ortodoxos de la filosofía, en la investigación de Medina y
Quiroz (2017) la ontología se usa de forma creativa en un estudio hermenéutico de textos
escolares relativos a ciencias naturales y biología. Para estos investigadores, queda claro que:
“El conocimiento científico usa un lenguaje conceptual apoyado sobre una ontología
materialista, gran parte de los filósofos e historiadores de la ciencia coinciden en que el
desarrollo del conocimiento científico puede ser entendido por el cambio conceptual de sus
teorías” (p, 3759), lo que entre otras cosas pone en evidencia que la ontología en un concepto
con esencial dual, que puede ir de la metafísica, hasta el materialismo propio de la ciencia
occidental de la modernidad.
Otro ejemplo interesante que se constituyó en un referente válido de esta investigación
fue el trabajo de Colella (2016), para quien, al menos filosófica, la educación también es
susceptible al análisis ontológico que busca descifrar su ser verdadero. Más allá de sus
particularidades, las fuentes consultadas permiten llegar a tres conclusiones generales sobre
la búsqueda de la naturaleza o esencia diferencial de los entes (aquello que es realmente
existente):
1. Todo análisis ontológico es al mismo tiempo teleológico, porque supone que la
esencia de los entes está íntimamente asociada a su finalidad última, o a aquellos
atributos que definen su identidad.
5
2. El análisis ontológico, más allá de su rigurosidad filosófica, se constituye en una
herramienta heurística para la comprensión de la experiencia de lo real, útil para
distintos campos del saber y disciplinas que rebasan los límites de las ciencias
humanas y sociales.
3. No existen un protocolo estándar para usar la ontología de forma adecuada, todo
dependerá en último término de la capacidad creativa de los sujetos cognoscentes,
de sus inclinaciones filosóficas o de su formación y desempeño profesional.
Aclarado lo anterior, se debe preguntar entonces, en términos instrumentales, ¿cómo
podemos definir los fines esenciales de la IA? A lo que se puede responder de forma
provisional, los fines de la IA incluyen la automatización de procesos, la mejora de la
eficiencia y la productividad, y la toma de decisiones informadas. En el ámbito empresarial,
por ejemplo, la IA permite a los empleados centrarse en tareas más estratégicas y creativas,
mejorando la experiencia del cliente y reduciendo errores humanos. Además, la IA tiene el
potencial de impulsar el crecimiento económico global y contribuir a la creación de sistemas
más justos y sostenibles (Arbeláez-Campillo, Villasmil y Rojas-Bahamón, 2021).
La IA tiene entonces dos tipos de fines que configuran dialécticamente su esencia: por
un lado, los fines particulares que adquiere cada forma de IA según su ámbito de desempeño;
por el otro, y esto es lo más trascendental, la IA parece no ser, al menos en este momento
histórico, una forma autónoma de inteligencia, sino más un complemento instrumental de la
capacidad intelectual de la persona humana diseñada para resolver de forma pida y racional
diferentes cuestiones, que puede incluir desde el reconocimiento de voz y la demostración de
teoremas matemáticos, hasta la creación de arte y la conducción autónoma de vehículos.
Por estas razones, según reseña López de Mántaras (2018), la IA se clasifica en dos tipos
principales:
IA débil: Diseñada para realizar tareas específicas al servicio de la humanidad.
IA superior: Una IA hipotética que podría superar las capacidades humanas en todas
las áreas, lo que configura diferentes escenarios que van desde el transhumanismo,
hasta la dominación y control de la humanidad por parte de entidades no humanas,
con voluntad de poder y conciencia sobre su situación en el mundo, tal como indica
6
la ciencia ficción en producciones cinematográficas como: El exterminado, Yo
Robot o Ex machina, entre otras.
En un contexto hipotético en el cual la IA, junto con la ingeniería genética y la
nanorobótica, terminen por modificar a la persona humana, en su esencia y existencia
universal, Fukuyama pregunta acertadamente que: "Si empezamos a transformarnos en algo
superior, ¿qué derechos reclamarán estas criaturas mejoradas, y qué derechos poseerán en
comparación con los que se quedan atrás?” (2004, p. 42). Queda claro entonces que, no todo
lo que tiene que ver el desarrollo de la IA, es bueno, útil o edificante por mismo, hace
falta, con carácter de urgencia, una mirada académica crítica a la esencia de este fenómeno
que puede identificar con antelación los desafíos jurídicos, políticos y económicos que su
uso generalizado traerá para la humanidad, sin descartar sus beneficios y oportunidades.
2. Consideraciones epistemológicas y metodológicas
La visión neopositivista o empirista lógica de las ciencias sociales, hasta hace poco
hegemónica, ha subvalorado el ensayo por considerarlo un género sin mayor trascendencia
académica o científica por su libertad discursiva y su carácter especulativo. No obstante, se
ha venido configurando paulatinamente desde la década de los setenta del siglo XX, una
renovada mirada postmoderna y constructivista que presagia el surgimiento de una nueva
ciencia, la cual, al decir de Martínez (2009), será capaz de reconocer sin mayores complejos
la dimensión subjetiva de todo saber, por lo tanto:
La epistemología actual ha ido logrando una serie de metas que puede formar ya un
conjunto de postulados irrenunciables, como los siguientes: toda observación es
relativa al punto de vista del observador (Einstein); toda observación se hace desde
una teoría (Hanson); toda observación afecta al fenómeno observado (Heisenberg); no
existen hechos, interpretación (Nietzsche); estamos condenados al significado
(Merleau-Ponty). Ningún lenguaje consistente puede contener los medios necesarios
para definir su propia semántica (Tarski); ninguna ciencia está capacitada para
demostrar científicamente su propia base (Descartes)… (Martínez, 2009, p. 15)
Esta cita in extensa muestra los postulados que hacen posible la construcción de una
nueva racionalidad científica que, al menos en los dominios de las ciencias sociales y
humanas, reconoce que toda objetividad posible requiere, en principio, de asumir y reconocer
la propia subjetividad, no ya como un sesgo que interrumpe el proceso epistémico de
búsqueda de la verdad, sino, más bien, como un modelo interpretativo ideográfico que otorga
7
sentido y significado a los fenómenos que se presentan a la conciencia, modelo que es parte
fundamental del aparato intelectual que identifica a la naturaleza humana en su relación con
los entes materiales y simbólicos del mundo en el que se despliega ontológicamente, el ser y
el hacer.
No debe confundirse la postura postpositivista y postestructuralista de la ciencia como
una justificación a priori de todas las experiencias subjetivas en el arduo proceso de
producción de saberes, lo que sería igual a dar cabida a la pseudociencia. Simplemente, de lo
que se trata aquí es de reconocer al ensayo, junto a otros saberes literarios, historiográficos y
filosóficos, como un género válido que combina en igualdad de condiciones, la creatividad y
la libre asociación de ideas, con el rigor en el manejo e interpretación de las fuentes
documentales seleccionadas en este trabajo.
Por su parte, la mayéutica socrática remite al método de investigación dialógico-
filosófico por excelencia. Aclarando las cosas, para González y López (2016), la mayéutica
es un método basado en el diálogo intersubjetivo en el cual uno de los interlocutores se
posiciona en el no saber y, desde esta posición de “humildad epistémica”, efectúa un conjunto
de preguntas racionales que rememoran alegóricamente el trabajo de parto, ya que se busca
lograr que el sujeto interpelado sea consciente de las limitaciones y contradicciones de sus
propios argumentos, como condición suficiente y necesaria para acceder a la verdad.
El “no saber” socrático es el único elemento que al final le queda al interlocutor en la
actividad dialógica. El saber más asequible consiste en la experiencia de que no se sabe
nada. Así, Sócrates deviene el portador de una revelación lapidaria por medio de la
cual se transita de la oscuridad de las certidumbres a la lucidez de la incertidumbre.
(González y López, 2016, p. 29)
Desde el punto de vista de los autores de esta investigación, cuando la mayéutica se
aplica a textos escritos se transforma entonces en hermenéutica y busca, en consecuencia,
interpelar un texto para reconstruir los símbolos y signos que permiten comprender los que
los autores dicen o, incluso lo que ocultan, en la producción de su texto, siempre
condicionado por la carga del horizonte histórico y cultural del contexto en el que viven o
vivieron. En este sentido, interpretar un texto adecuadamente, esto es, sin distorsionar su
verdadero sentido y significado implica dos condiciones básicas: primero, tener la conciencia
fenomenológica de los sesgos y condicionamientos propios, para lograr la epojé del no-saber;
8
segundo; conocer el sistema simbólico contextual que sirve de base material al texto o
mensaje interpretado (Gadamer, 2004).
3. Naturaleza y fines de la inteligencia artificial. Desafíos políticos, jurídicos y
económicos en el siglo XXI: Mirada analítica
3.1. Desafíos políticos
El sistema político es el sistema direccional de una sociedad determina porque
concentra en su ser los cuatro factores básicos para el mantenimiento y reproducción del
orden establecido, esto es, siguiendo a Vallès (2000): a) la gestión del conflicto social; b) la
administración de los recursos materiales y simbólicos de la comunidad; c) organización
territorial de la polis o la comunidad y, agregamos nosotros; d) la articulación de las
relaciones de poder entre la élite gobernante con las otras élites, cercanas o lejanas, y la
sociedad civil a la que dice servir democráticamente, con todo lo que esto puede llegar a
significar en términos del poder, saber y tecnología.
En este orden de ideas, la IA plantea desafíos significativos para el orden y la
estabilidad mundial. La capacidad de las máquinas para aprender y mejorarse a mismas
podría llevar a una singularidad tecnológica, donde logren superar hipotéticamente la
inteligencia humana, generando incertidumbre sobre el control y la gobernanza de estas
tecnologías. Además, la digitalización y la IA podrían reconfigurar las relaciones políticas,
reduciendo el espacio para el liderazgo y la participación de las personas y comunidades, sin
embargo, esta visión tecnocrática puede resultar excesivamente alarmista y fantasiosa
(Giraldi, 2019).
De hecho, no es descabellado imaginar un futuro próximo donde las principales
decisiones políticas de una comunidad, en el sentido que Vallès (2000) lo refiere, sean
tomadas bajo la asesoría permanente de formas avanzadas de IA, con supervisión humana;
pensemos por ejemplo en algoritmos que tenga capacidad para manejar datos
multidimensionales en tiempo real en materia de defensa nacional, salud pública, seguridad
ciudadana, administración de justicia y macroeconomía, entre otros, y convertir esta
información en decisiones políticas, sentencias jurídicas, planes y proyecto racionales, con
una capacidad que supera a los decisores y hacedores de políticas tradicionales. Aún más,
incluso es posible que esta función política y jurídica de la IA pueda darse de forma
9
completamente autónoma, con una supervisión humana mínima (IA fuerte) (López de
Mántaras (2018).
A ciencia cierta, nadie puede saber cuál será el desenlace de la IA en las próximas
décadas, a lo sumo se pueden efectuar ciertos análisis prospectivos que presagian posibles
tendencias futuras sobre el uso, atributos y comportamiento general de la IA en las sociedades
avanzadas que desde ya experimentan en su seno la impronta cultural de la llamada
revolución digital. En cuanto al alcance y significado de la revolución digital, se debe agregar
que a grandes rasgos que:
Estamos evolucionando hacia un mundo hiperconectado e inteligente y, a la vez,
mucho más global. Y el impacto de esta Revolución, como ya estamos viendo, tiene
un alcance incomparable a cualquiera de las antes vividas, impulsando a un ritmo
acelerado cambios políticos, económicos y sociales. (Fundación CEDE, 2023, p. 05)
En este contexto de cambios precipitados:
Las TIC juegan un papel absolutamente relevante en la digitalización de la economía,
ya que sin la innovación tecnológica que generan, dicha digitalización sería
impensable. De hecho, esta ola de digitalización abre enormes oportunidades de
crecimiento para todos los sectores de la economía y la sociedad, y en particular,
nuevas oportunidades de creación de empresas y empleo. (Fundación CEDE, 2023, p.
05)
Por su naturaleza compleja, las IA representan un desafío político para todas las
sociedades que abrazan la revolución digital con sus luces y sombras. En este hilo conductor
el desafío ira incrementando en la misma medida en que el uso de la IA se vaya
implementando en diferentes actividades, tales como: economía; seguridad, salud, educación
y entretenimiento, como de hecho ya está sucediendo. Especialmente, el principal desafío
político para los hacedores de políticas públicas está en poder descifrar la esencia y finalidad
de la IA y crear un marco político y regulatorio que garantice que la IA será usada en cada
momento de forma adecuada por todos los actores sociales, agentes económicos y sujetos
políticos de poder, sin menoscabar la dignidad inminente de la persona humana y, por qué
no, la dignidad de otras formas de vida superior (Nussbaum, 2012).
No obstante, cada sociedad en particular tiene ante la responsabilidad histórica de
crear sus propios dispositivos jurídicos y políticos particulares que les garanticen en la
medida de lo técnicamente posible, que la IA no se transforme en un problema colectivo,
10
para sus intereses, necesidades y aspiraciones como unidad colectiva imbricada en la
tecnología. Ante este particular, pensamos junto a Arbeláez-Campillo et al., (2021) que se
deben reconocer tres posiciones generales sobre la IA, como requerimiento para desarrollar
políticas públicas exitosas que regulen su desarrollo: primero, una posición excesivamente
benevolente, que supone que la IA es un fenómeno completamente beneficioso; segundo,
una postura excesivamente crítica que maximiza los aspectos negativos y perjudiciales de
esta tecnología y; tercero, una posición equilibrada que valore de forma justa las
oportunidades y amenazas intrínsecas a la IA, sin duda, esta es la mirada más inteligente.
3.2. Desafíos jurídicos
Tal como sugieren Parra y Concha (2021), en la dimensión normativa, muy relacionada
con la política, el uso intensivo de la IA ha dado lugar a nuevas relaciones jurídicas no
contempladas en los marcos normativos actuales y tradicionales. Surgiendo en el proceso un
conjunto de problemas reales o imaginarios que incluyen: la responsabilidad por las acciones
de las máquinas inteligentes y la protección de los derechos humanos en la era de los
algoritmos, por muy ficcionales que parezcan ahora estos temas. En el orden global, todo
indica que es necesario desarrollar un sistema normativo flexible y dinámico que aborde estos
desafíos y garantice la autodeterminación humana, más allá de las particularidades de los
cuerpos normativos de cada país, de hecho, las tres leyes de la Robótica de Isaac Asimov
pueden servir de guía en el acto legislativo sobre la IA.
Primera Ley
Un robot no hará daño a un ser humano, ni por inacción permitirá que un ser humano
sufra daño.
Segunda Ley
Un robot debe cumplir las órdenes dadas por los seres humanos, a excepción de
aquellas que entren en conflicto con la primera ley.
Tercera Ley
Un robot debe proteger su propia existencia en la medida en que esta protección no
entre en conflicto con la primera o con la segunda ley. (Asimov, 2008, p. 16)
¿Es muy apresurado hablar de la posible responsabilidad penal de máquinas
inteligentes en la comisión de delitos como si estas entidades fueran sujetos de derecho?
11
¿Podemos imaginar de forma creíble la configuración de un escenario socio-tecnológico en
el cual la IA puede constituirse en óbice para el goce y disfrute de los derechos fundamentales
de la persona humana? Pues antes de intentar responder a estas interrogantes jurídicas,
conviene analizar la siguiente muestra de noticias u opiniones que abundan en la prensa de
mayor divulgación: Un informe de seguridad reveló que la Inteligencia Artificial podría
facilitar los ataques de destrucción masivos(Marín, 2024) publicado por Infobae; o esta
otra: “Prevenir el armagedón nuclear de la IA” (Parke, 2023), por último, “Estados Unidos
exige a China y Rusia declarar que la inteligencia artificial no controlará armas nucleares”
(Escenario Mundial , 2024).
Queda claro que en el escenario geopolítico del siglo XXI no es descabellado pensar
que la IA pueda ser un instrumento pernicioso con un potencial superlativo para infligir daño
a la humanidad, por supuesto, al menos ahora este posible daño no sería el resultado
deliberado de la voluntad o la esencia de la IA, porque es un ente sin voluntad propia, sino la
consecuencia de un uso instrumental por grupos o, incluso, Estados que podrían actuar al
margen de la legalidad internacional para alcanzar sus fines y objetivos estratégicos, sin un
marco ético claro y sin importar las consecuencias probables de sus acciones, por estas
razones una potencia hegemónica como los Estados Unidos de América, propone crear un
tratado que impida que la IA gestione el uso de las armas nucleares:
En un llamado a reforzar las medidas de seguridad en torno al armamento nuclear, un
alto funcionario estadounidense instó a China y Rusia a sumarse a la postura adoptada
por Estados Unidos, Francia y Gran Bretaña, quienes han establecido un “compromiso
claro y firme” de que solo los seres humanos, y nunca la inteligencia artificial (IA),
tomarán decisiones sobre el despliegue de estas armas de destrucción masiva.
(Escenario Mundial, 2024, par. 02)
Incluso si se imagina un mundo ideal donde la IA tenga una naturaleza benévola
inmutable, hay ciertas actividades humanas que muy seguramente no puedan ser
desarrolladas nunca por la IA, porque son actividades consustanciadas al ingenio y
creatividad humana y muy difícilmente puedan ser emuladas exitosamente por una máquina;
no referimos a la poesía, la literatura o incluso la filosofía. Otras actividades geopolíticas,
como la toma de decisiones estratégicas por parte de un Estado de usar o no un arma de
destrucción masiva, para neutralizar o destruir las capacidades militares de un enemigo real
o potencial en el marco de un conflicto bélico, no pueden dejarse a la consideración exclusiva
12
de una entidad no humana que carece de sentimientos y empatía y, en definitiva, no tiene
conciencia para ser y hacer, más allá de lo que establece el código o algoritmo que determina
su programación.
Mas concretamente, en el plano de lo estrictamente jurídico existen, desde ya, un
conjunto de leyes que se deben analizar para tener una visión más completa de las tendencias
internacionales en el ámbito de la regulación de la IA en el mundo. A continuación, se
presentan algunas de las principales leyes y marcos regulatorios que actualmente regulan el
uso de la IA:
En la Unión Europea EU destaca el Reglamento de Inteligencia Artificial (Parlamento
Europeo, 2024) que busca garantizar la seguridad y el respeto de los derechos fundamentales
en el desarrollo y uso de sistemas de IA. Este reglamento se centra además en la clasificación
de los sistemas de IA, según su nivel de riesgo, y establece requisitos específicos para cada
categoría, desde sistemas de alto riesgo hasta aplicaciones de bajo riesgo. Según el propio
texto del reglamento:
El objetivo del presente Reglamento es mejorar el funcionamiento del mercado interior
mediante el establecimiento de un marco jurídico uniforme, en particular para el
desarrollo, la introducción en el mercado, la puesta en servicio y la utilización de
sistemas de inteligencia artificial («sistemas de IA») en la Unión, de conformidad con
los valores de la Unión, a fin de promover la adopción de una inteligencia artificial
(IA) centrada en el ser humano y fiable, garantizando al mismo tiempo un elevado
nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales consagrados
en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea… (Parlamento
Europeo, 2024)
Por su trascendencia, destaca también en la UE la propuesta relativa a la adaptación de
las normas de responsabilidad civil extracontractual a la inteligencia artificial (Comisión
Europea, 2022). En líneas generales, esta propuesta busca garantizar que las personas
perjudicadas por la tecnología puedan obtener una compensación económica. Las
negociaciones sobre esta directiva están en curso y se espera que se reanuden en 2024. Por
su parte, en EUA el llamado documento oficial, intitulado: Preparándose para el futuro de
la Inteligencia Artificial (Executive Office of the President, 2016), establece las bases para
permitir el desarrollo de tecnologías de IA con pocas restricciones, enfocándose en la
evaluación de riesgos para la seguridad pública. Sin embargo, no existe una ley federal
13
específica que regule la IA de manera integral, y la regulación se aborda a través de diversas
agencias y marcos sectoriales dispersos.
En este contexto de producción legislativa internacional para regular y controlar en lo
posible el desarrollo tecnológico de la IA, diversos organismos internacionales, como la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el G20, han
adoptado principios y recomendaciones para la regulación de la IA (Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económico, 2024). La OCDE adoptó sus Recomendaciones
sobre IA en mayo de 2019, y el G20 adoptó los Principios de IA en junio de 2019. La
UNESCO también ha trabajado en un instrumento de establecimiento de estándares globales
sobre la ética de la IA, adoptado en su Conferencia General en noviembre de 2021
(UNESCO, 2024).
Todo indica que, la regulación de la inteligencia artificial es un campo en rápida
evolución, con esfuerzos significativos en diversas regiones del mundo para garantizar que
el desarrollo y uso de la IA sean seguros, éticos y transparentes. La Unión Europea y algunos
países de América Latina han adoptado enfoques basados en riesgos, mientras que Estados
Unidos y China están desarrollando marcos regulatorios sectoriales y específicos para ciertas
aplicaciones de IA (UNESCO, 2024).
Por lo antes mencionado los desafíos jurídicos globales que entraña la IA, puede ser
abordados por unos criterios para la construcción de una legislación que, por un lado, logre
regular la privacidad y los derechos civiles, como garantía para que los sistemas de IA no
violen los derechos civiles de privacidad, como la capacidad de tomar decisiones sin
influencia humana. Esto incluye la regulación de la recopilación de datos personales por parte
de sistemas de IA. Por el otro, regulación de la autonomía, para garantizar que los sistemas
de IA no puedan tomar decisiones autónomas que violen los derechos humanos. Por ejemplo,
un sistema de IA no podría decidir quitarle la vida a un ser humano en ninguna circunstancia.
¿Qué hacer con los drones usados en conflictos bélicos?
Además, y como ya se ha visto con los aportes de la UNESCO sobre uso ético de la
IA, un marco ético bien estructurado debe poder garantizar que los sistemas de IA no violen
la ética humana, y que se ajusten, por lo tanto, a los parámetros éticos y morales de la
sociedad en la que opera como un ente tecnológico con capacidades de modificar el mundo
14
natural y cultural. Sin duda, la mayor expresión de la ética global está en la Declaración
Universal de los Derechos Humanos de 1948.
En su conjunto, estas regulaciones éticas y jurídicas buscan garantizar que los sistemas
de IA no violen los derechos humanos y que no puedan tomar decisiones que violen otros
derechos, sin el consentimiento de la persona humana. Sin embargo, hasta ahora la IA está
muy lejos de superar el intelecto humano en términos de ingenio, autonomía, conciencia y
empatía, entre otros aspectos que definen a la naturaleza racional de una persona en general,
de modo que ontológicamente hablando la IA es solo un ente sin naturaleza, identificado por
su esencia instrumental.
3.3. Desafíos económicos
Importancia trascendental adquiere el impacto económico de la IA para el sistema
global en su totalidad. La IA tiene el potencial esencial de transformar la economía global,
aumentando el PIB y mejorando la eficiencia en diversos sectores. Sin embargo, también
presenta desafíos como el desempleo debido al reemplazo de la mano de obra tradicional y
la necesidad de garantizar que la riqueza generada se distribuya equitativamente para evitar
el aumento de las brechas tecnológicas y sociales. En un contexto en el que la IA controle
buena parte de los servicios y procesos productivos, se impone la necesidad de la
colaboración público-privada como elemento crucial para responder a estos desafíos y
maximizar los beneficios de la IA, sin perjudicar demasiado los derechos laborales de las
personas comunes.
Todas las revoluciones industriales experimentadas por la humanidad hasta ahora,
desde el siglo de las luces hasta el siglo XXI, han desplazado a un grupo significativo de
trabajadores de sus puestos de trabajo, por la modernización y tecnificación de los procesos
productivos; no obstante, estas realidades de cambio no tienen que ser definitivamente
negativas para los trabajadores comunes y demás grupos vulnerables dentro de una sociedad
determinada; en contraste, la IA puede crear una dinámica consistente de desarrollo
sostenible que, bajo determinadas condiciones, puede aumentar el producto interno bruto de
un país, región o continente con incidencia directa en el índice per cápita. En este escenario,
un conjunto de políticas sociales redistributivas en el marco del Estado social podría
15
garantizar una vida digna para las mayorías y reducir las extenuantes jornadas laborales
propias del capitalismo global.
Según información proporcionada por el Fondo Monetario Internacional FMI, en los
próximos años: “La inteligencia artificial (IA) afectará a casi el 40% de los empleos en todo
el mundo, reemplazando a algunos y complementando a otros. Para aprovechar este
potencial, las políticas económicas impulsadas por los países deben encontrar un fino
equilibrio” (FMI, 2024, par., 02). No obstante, el impacto económico no será igual en todos
los países y regiones del mundo, será mayor en las sociedades del llamado norte global con
altos niveles de tecnificación de sus economías:
Los hallazgos son notables: casi un 40% del empleo mundial está expuesto a la IA.
Históricamente, la automatización y la tecnología de la información han tendido a
afectar las tareas rutinarias, pero una de las características que diferencia a la IA es su
incidencia en trabajos de alta cualificación. Por lo tanto, la IA acarrea mayores riesgos
para las economías avanzadas en comparación con los mercados emergentes y en
desarrollo, pero también les presenta más oportunidades para explotar las ventajas.
(FMI, 2024, par., 04).
Para palear los puestos de trabajos perdidos por la emergencia de la IA a la economía
algunos expertos han propuesto, desde ya, una Renta básica universal, dado que:
"Indiscutiblemente, muchas de las tareas que realizan ahora los oficinistas tendrán un
aspecto muy diferente en los próximos cinco a diez años", comentó Suleyman. "Eso
necesita una compensación material”. Para el actual fundador de Inflection, la solución
al problema está en la implementación de una renta básica que cubra las necesidades
económicas de los ciudadanos. Y en su charla animó a los gobiernos a estudiarla con
urgencia: Es una medida política y económica de la que tenemos que empezar a hablar
en serio", explicó. (El Confidencial, 2023, par., 1)
Otras personalidades del ámbito empresarial como el magnate Elon Musk, dice que la
inteligencia humana esta condena a perecer con la hegemonía total de la IA en todas las
actividades humanas, de modo que la inteligencia natural tendrá, en un futuro próximo, solo
un pacto del 1% en la económica: sobre esta situación el magnate afirma: “"El porcentaje de
inteligencia que es biológica se reduce cada mes que pasa. Al final, el porcentaje de
inteligencia biológica será inferior al 1%", dijo Musk… "La inteligencia biogica puede servir
de respaldo, de amortiguador de la inteligencia (Duboust, 2024, , pars., 1 y 3).
En efecto, el mayor desafío económico, político y jurídico que genera la emergencia
de la IA en el mundo actual, tiene que ver con la capacidad estratégica de las sociedades
16
humanas de implementar esta tecnología en beneficio del desarrollo de las capacidades
humanas (Nussbaum, 2012), para ser y hacer de forma libre y sobre el umbral de la violencia
y la pobreza, lo que demanda del diseño de una arquitectura política que cree, con base a las
necesidades contextuales, los planes y proyectos necesarios para mantener bajo control todas
las experiencias de IA y al mismo tiempo reducir sus aspectos problemáticos, donde los haya.
De modo que, en el futuro próximo, la IA puede ser una herramienta crucial para el impulso
del desarrollo sostenible.
Conclusiones y recomendaciones
En términos ontológicos, la inteligencia artificial es una tecnología poderosa con el
potencial de transformar múltiples aspectos de la sociedad. Sin embargo, su desarrollo y
aplicación deben gestionarse cuidadosamente para abordar los desafíos políticos, jurídicos y
económicos que plantea su uso general en el siglo XXI, lo que requiere tener una mirada
equilibrada y crítica ante este fenómeno que pueda valorar en igualdad de condiciones sus
aportes, beneficios, oportunidades y amenazas latentes.
En su esencia diferencial, la inteligencia artificial representa una de las innovaciones
tecnológicas más significativas del siglo XXI, con la capacidad de transformar múltiples
aspectos de la sociedad. Su “naturaleza” se basa en la creación de sistemas capaces de realizar
tareas que normalmente requieren inteligencia humana, como el aprendizaje, el razonamiento
y la toma de decisiones. En su esencia, la IA se clasifica en dos tipos principales: IA bil,
que se enfoca en tareas específicas, e IA superior, que aspira a igualar o superar la inteligencia
humana en todas las áreas. Hasta ahora la IA superior es solo una posibilidad teórica, nada
más.
En este contexto, la ontología intenta determinar cuáles son los fines de los entes y
seres que se presentan a la conciencia, en la estructura experiencial del mundo sensible. En
este sentido, los fines de la IA son diversos y abarcan desde la automatización de procesos y
la mejora de la eficiencia y productividad, hasta la toma de decisiones informadas y la
creación de sistemas más justos y sostenibles. En el ámbito empresarial, por ejemplo, la IA
permite a los empleados centrarse en tareas más estratégicas y creativas, mejorando la
experiencia del cliente y reduciendo errores humanos. Además, la IA tiene el potencial de
impulsar el crecimiento económico global y contribuir a la creación de sistemas más
17
equitativos, sin embargo, en un análisis ontológico siempre se debe diferenciar entre potencia
y acto, y esta no es la excepción.
En líneas generales, el desarrollo y la aplicación de la IA representa desafíos
significativos en los ámbitos político, jurídico y económico. Políticamente, la IA puede
reconfigurar las relaciones de poder y generar incertidumbre sobre el control y la gobernanza
de estas tecnologías. Jurídicamente, es necesario desarrollar marcos normativos que aborden
la responsabilidad de las acciones de las máquinas inteligentes y protejan los derechos
humanos. Económicamente, la IA puede aumentar la eficiencia y el PIB, pero también
plantea riesgos como el desempleo y la desigualdad social.
En definitiva, la inteligencia artificial es, en esencia y existencia, una herramienta
eficaz con el potencial de transformar la sociedad de manera profunda, o incluso de
transformar la propia naturaleza humana tal como suponen los partidarios o detractores del
transhumanismo. De cualquier modo, para maximizar sus beneficios y mitigar sus riesgos,
es crucial gestionar su desarrollo y aplicación de manera cuidadosa y ética, asegurando que
se aborden los desafíos políticos, jurídicos y económicos que plantea la IA en un mundo
dominada por los procesos de digitalización de la vida social y la ampliación simbólica de
los universos virtuales.
Finalmente, la hipótesis de la inteligencia artificial fuerte demuestra que existen
preocupaciones ontológicas (el ser y el hacer de la IA) razonables sobre los posibles riesgos
de seguridad y los riesgos existenciales a largo plazo asociados con el desarrollo de sistemas
de IA cada vez más avanzados y autónomos. Para abordar estos desafíos, las agencias
reguladoras de todo el mundo deben adoptar enfoques interdisciplinarios que combinen
conocimientos técnicos, jurídicos, éticos y de políticas públicas. Al mismo tiempo, deben
fomentar la colaboración entre los sectores público y privado, así como la participación de la
sociedad civil, para garantizar que las regulaciones sean efectivas, equilibradas y respondan
a las necesidades y preocupaciones de todas las partes interesadas.
Referencias
Arbeláez-Campillo, D., Villasmil, J., & Rojas-Bahamón, M. (2021). Inteligencia artificial y
condición humana: ¿Entidades contrapuestas o fuerzas complementarias? Revista de
Ciencias Sociales, XXVII (02), 502-513. https://doi.org/10.31876/rcs.v27i2.35937.
18
Asimov, I. (2008). El círculo vicioso (Runaround - 1942). Barcelona: Inteligencia Educativa.
Colella, L. (2016). Un análisis ontológico de la educación a partir de los aportes de Badiou y
Rancière. Estudios de Filosofía, (53), 165-182.
https://www.redalyc.org/articulo.oa?id=379846136008.
Comisión Europea. (2022). Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo
relativa a la adaptación de las normas de responsabilidad civil extracontractual a la
inteligencia artificial. Bruselas: (Directiva sobre responsabilidad en materia de IA).
Duboust, O. (14 de mayo de 2024). Elon Musk predice que la IA superará a los humanos
hasta el punto de que "la inteligencia biológica sedel 1%". Obtenido de Euro News:
https://es.euronews.com/next/2024/05/12/elon-musk-predice-que-la-ia-superara-a-
los-humanos-hasta-el-punto-de-que-la-inteligencia-
b#:~:text=De%20momento%2C%20la%20IA%20tiene,inteligencia%20será%20digit
al"%2C%20añadió.
El Confidencial. (15 de abril de 2023). La posible solución al 80% de desempleo que traerá
la inteligencia artificial. Obtenido de Tecnología:
https://www.elconfidencial.com/tecnologia/novaceno/2023-05-12/inteligencia-
artificial-empleo-soluciones-politica_3627892/
Escenario Mundial. (20 de abril de 2024). Estados Unidos exige a China y Rusia declarar
que la inteligencia artificial no controlará armas nucleares. Obtenido de
https://www.escenariomundial.com/2024/05/03/estados-unidos-exige-a-china-y-
rusia-declarar-que-la-inteligencia-artificial-no-controlara-armas-nucleares/
Executive Office of the President. (2016). Preparing for the future of artificial intelligence.
Washington D. C.: National Science and Technology Council.
Ferrater Mora, J. (2004). Diccionario de Filosofía E-J. Barcelona: Ariel Filosofía.
FMI. (16 de enero de 2024). La economía mundial transformada por la inteligencia artificial
ha de beneficiar a la humanidad. Obtenido de Inteligencia artificial:
https://www.imf.org/es/Blogs/Articles/2024/01/14/ai-will-transform-the-global-
economy-lets-make-sure-it-benefits-
humanity#:~:text=La%20inteligencia%20artificial%20(IA)%20afectará,deben%20en
contrar%20un%20fino%20equilibrio.
Fukuyama, F. (2004). Transhumanism. Foreign Policy, (144), 42-43.
https://philosophy.as.uky.edu/sites/default/files/Transhumanism%20-
%20Francis%20Fukuyama.pdf.
Fundación CEDE. (2023). Revolución digital Impacto de las nuevas tecnologías en el
directivo. Madrid: Fundación Cede.
Gadamer, H.-G. (2004). Truth and Method. New York: Continuum.
Giraldi, E. (14 de octubre de 2019). Digitalización, política e inteligencia artificial ¿Qué
futuro podemos esperar? Obtenido de Nueva sociedad:
https://www.nuso.org/articulo/digitalizacion-politica-e-inteligencia-artificial/
19
González, R., & López, L. (2016). Pierre Hadot: el cuidado de y la mayéutica socrática
como ejercicio espiritual. Ciencia Ergo Sum, 23 (01), 26-34.
https://www.redalyc.org/pdf/104/10444319004.pdf.
Hoyos, E., & Pocovi, M. C. (2020). Análisis de la ontología de un concepto relativista:
Inducción Electromagnética. Revista electrónica de investigación en educación en
ciencias, 15 (02), 38-47. http://www.scielo.org.ar/pdf/reiec/v15n2/v15n2a04.pdf.
López de Mántaras, R. (2018). Hacia la inteligencia artificial Progresos, Retos y Riesgos.
Mètode Science Studies Journa, (99), 45-51. DOI: 10.7203/metode.9.11145.
Marcos, A. (2010). Filosofía de la naturaleza humana. Paris: I Simposio del CFN École des
Hautes Études en Sciences Sociales (París).
Marín, R. (01 de mayo de 2024). Un informe de seguridad reveló que la Inteligencia
Artificial podría facilitar los ataques de destrucción masivos. Obtenido de Infobae:
https://www.infobae.com/estados-unidos/2024/05/01/un-informe-de-seguridad-
revelo-que-la-inteligencia-artificial-podria-facilitar-los-ataques-de-destruccion-
masivos/
Martínez, M. (2009). La nueva ciencia Su desafío, lógica y método. México DF: Trillas.
Medina, P., & Quiroz, W. (2017). Análisis ontológico en textos escolares de ciencias
naturales y biología. Sevilla. https://ddd.uab.cat/pub/edlc/edlc_a2017nEXTRA/67_-
_Analisis_ontologico_en_Textos_escolares_de_Ciencias_Naturales_y_Biologia.pdf:
X Congreso internacional sobre investigación en didáctica de las ciencias.
Nussbaum, M. (2012). Crear capacidades Propuesta para el desarrollo humano. Barcelona:
Paidós.
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. (14 de marzo de 2024).
Mejores políticas para una vida mejor. Obtenido de Cuarenta y dos países adoptan los
Principios de la OCDE sobre Inteligencia Artificial:
https://www.oecd.org/espanol/noticias/cuarentaydospaisesadoptanlosprincipiosdelaoc
desobreinteligenciaartificial.htm
Parke, M. (14 de noviembre de 2023). Prevenir el Armagedón nuclear de la IA. Obtenido de
El economista: https://www.eleconomista.com.mx/opinion/Prevenir-el-Armagedon-
nuclear-de-la-IA-20231113-0127.html
Parlamento Europeo. (2024). Reglamento de Inteligencia Artificial. Bruselas: Textos
Aprobados.
Parra, D., & Concha, R. (2021). Inteligencia artificial y derecho. Problemas, desafíos y
oportunidades. Vniversitas, 20, 02-25.
https://revistas.javeriana.edu.co/index.php/vnijuri/article/view/35364/26613.
UNESCO. (2024). Foro Global sobre la Ética de la IA 2024. Kranj: IA.
Vallès, J. M. (2000). Ciencia Política Una introducción. Barcelona: Ariel Ciencia Política.