ISSN 2660-9037
CLÍO: Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
pp. 140-158. Provincia de Pontevedra - España
Recibido: 05/06/2022
Aceptado: 30/09/2022
IGUALDAD DE GÉNERO DE LA MUJER
INDÍGENA: UNA MIRADA DESDE LA
FRATERNIDAD
Rubia Cecilia Luzardo Polanco*
RESUMEN
El enfoque de derechos humanos colectivos de los pueblos indígenas contemplados globalmente y esta-
tuidos en diversas cartas políticas de los Estados Nación, abre nuevas posibilidades a las mujeres indíge-
nas en relación con la defensa de sus derechos históricos, sociales, culturales y educativos, permitiendo
repensar sus orígenes, su modo de vida tradicional y la relación intercultural con los otros. Interesa en
este trabajo, visibilizar las condiciones que generan discriminación de la mujer indígena con el objeto de
comprender la necesidad de acciones transformadoras que garanticen los derechos de igualdad de gé-
nero. En este sentido, el estudio plantea analizar la política pública para la igualdad de género de la mujer
indígena desde la perspectiva de la fraternidad e interculturalidad. El entramado complejo que abarca la
realidad abordada remite la revisión teórica de las nociones de discriminación, violencia, género, justicia
social, alteridad, sistemas de inclusión, poder, toma de decisión, democracia, Estado y políticas públicas
Palabras clave:
mujer indígena, igualdad, interculturalidad, fraternidad.
INDIGENOUS WOMAN’S GENDER EQUALITY: A GLANCE
FROM FRATERNITY
ABSTRACT
The approach of indigenous people’s collective human rights contemplated globally and established on
dierent constitutions of Nation States, opens new possibilities to the indigenous women in relation to
the defense of their historical, social, cultural and educational rights, allowing to rethink their origins,
their traditional ways of living and their intercultural relation with others. It is in the interest of this work
to highlight the conditions which generate discrimination on the indigenous woman with the objective of
grasping the necessity of transformative actions that guarantees gender equality rights. In that sense, the
study poses the analysis of public action for the indigenous woman’s gender equality, from the political
ambit viewpoint and with the perspective of fraternity and interculturality. The complex framework which
covers the approached reality refers to the theoretical review of discrimination, violence, gender, social
justice, alterity, inclusion systems, power, decision making, democracy, State and public policies notions.
Key Words:
indigenous woman, equality, interculturality, fraternity.
*
Universidad Católica Cecilio Acosta (UNICA), Venezuela. Correo electrónico: rluzardom@gmail.com
ORCID: hps://orcid.org/000-0002-0941-2234
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
141
INTRODUCCIÓN
Comprender la situación de vulneración de los derechos, que vive la mu-
jer indígena en el continente americano y Venezuela como referencia con-
creta de estudio, implica reconocer la exclusión histórica de los procesos
económicos, sociales y políticos a las cuales han estado sometidas las socie-
dades indígenas, muy a pesar de que estas representan en muchos países
de la región una importante parte de la población, dichas condiciones han
generado a su vez, reproducción de la pobreza y marginalidad social.
Por ello, la búsqueda de equidad, bienestar común y justicia social, confor-
me al enfoque del goce de los derechos humanos fundamentales por parte
de las mujeres indígenas, requiere de acciones concretas enfocadas desde la
fraternidad con miras al diálogo y encuentro intercultural, con el propósito de
resarcir esa deuda histórica con las minorías amerindias, particularmente, en
Venezuela las mujeres indígenas son objeto de irrespeto en sus derechos al
igual que el resto de las mujeres del país, no obstante; su condición social y
cultural las coloca ante una doble situación de vulnerabilidad derivadas por un
lado; en razón del género y por el otro; en su origen étnico.
Preciso señalar que, con el reconocimiento de los derechos de los pue-
blos y comunidades indígenas en la Constitución de la República Bolivariana
de 1999, la carta política dio un giro de trascendental importancia, conci-
biendo a un sujeto distinto como lo es el colectivo, comportando esto un
avance signicativo, tanto a nivel jurídico como losóco en materia de de-
rechos indígenas, ya que desde una concepción completamente excluyente
se pasa a la inclusión de los derechos a la diversidad cultural de la nación.
No obstante, la transformación social demandada por los nuevos suje-
tos de derecho, en la conguración de las políticas públicas efectivas que
permitan satisfacer las necesidades socio-culturales en las comunidades
indígenas y, en el caso particular de las mujeres nativas ha sido lenta, por
cuanto, pese a que el Estado Venezolano reconoce los derechos de los pue-
blos indígenas en el marco de concebirse como sociedad diversa y plural, en
el desarrollo de su política social se observa con deciente atino, la toma de
decisiones con impacto en sus realidades, encontrándose además; que el
aparato estatal, no precisa claramente el número exacto de pueblos indíge-
nas existentes en el territorio nacional.
Situación que se agrava, cuando la gran mayoría de estos grupos convi-
ven de forma tradicional en comunidades selváticas y rurales, distribuidas a
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
142
lo largo y ancho de las fronteras terrestres y marítimas con Colombia, Brasil,
Zona en Reclamación con Guyana y Trinidad cuya característica principal, es
el difícil acceso vial, predominando la escasez de recursos económicos ante
una ausencia total del Estado en materia de protección de las minorías.
En este contexto, los efectos de la pobreza, discriminación y exclusión de
todo tipo afectan de forma distinta a los hombres con relación a las mujeres
indígenas, imposibilitando a estas últimas gozar del derecho a la igualdad. Al
respecto, es menester saber que a nivel internacional se ha reconocido que la
igualdad jurídica no siempre garantiza la igualdad material o real. Por ello, se
plantea en diferentes escenarios de la región, la perspectiva de género en el
diseño de las políticas públicas como un mecanismo de superación de las des-
igualdades encontradas, asimismo desde la mirada fraterna de las realidades
étnicas impera promover el diálogo civilizatorio entre las sociedades diferentes.
Coincidiendo, diversos estudios en la importancia de visibilizar las condi-
ciones que generan discriminación de la mujer indígena para responder con
acciones transformadoras y garantizar los derechos de igualdad de géne-
ro en un contexto de relaciones interculturales, en este sentido; el estudio
plantea analizar las políticas públicas para la igualdad de género de la mujer
indígena desde la perspectiva de la fraternidad e interculturalidad.
FUNDAMENTOS DEL ANÁLISIS
La vida humana no es solo un horizonte ontológico, va más allá de ella,
la tesis losóca plantea que la misma, no puede subsumirse a la sobrevi-
vencia física, sino que se remite también a lo cultural, histórica, religiosa y
mística, en la búsqueda del desarrollo integral humano, por cuanto; la vida
no se concreta en una cultura, contrariamente es la fuente creadora de mu-
chas culturas, bajo la premisa de “existo en un modo de realidad” y por ello
“pienso y siento” de determinada manera.
Señalando, el fundamento teórico como tema discursivo central, la dia-
léctica entre el universalismo y la particularidad, lo cual permanece en el
umbral losóco vigente y, remite hacia el problema de la cultura, la identi-
dad y sus libertades que aboga a su vez, por una política de la diversidad y
no homogeneizante, sobre esta base se considera, lo planteado por Cansino
(2008), sobre la necesidad de repensar la democracia en América Latina des-
de la cuestión social. Al observar como las nuevas formas de acción colectiva
transforman la realidad de la política, conllevando también a redenir la de-
mocracia a partir de nuevos constructos sociales.
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
143
Estos desafíos conllevan a un nuevo punto de partida, transitando por
los caminos de la refundación de lo político, lo cual implica una reconcep-
tualización de la democracia como sistema político y construcción de nuevos
puntos de partida, en la interpretación del Estado, Democracia y las nue-
vas formas de institucionalidad desde lo popular como fenómeno social de
transformación profunda del ciudadano.
Ampliando la visión categórica de los derechos humanos fundamentales de
las personas cuya condición cultural, requiere del ejercicio pleno en la democra-
cia participativa y multiétnica sin obstáculos de tipo valorativo o discriminatorio
que impidan a la totalidad de la población, incluso a la excluida históricamente
retomar el desarrollo social y económico desde sus propias perspectivas socia-
les, en este caso se presenta, el constructo teórico emergente de ciudadanos in-
terculturales con las particularidades expuestas, reconocida desde las ciencias
sociales a partir de la nuevas conguraciones de Estados pluriculturales.
En la sociedad moderna, la igualdad se reconoce como un pilar funda-
mental de la democracia, no obstante, en términos de mayoría y minoría esa
igualdad puede resultar no beneciosa para los menos favorecidos, en torno
al signicado de Igualdad, Bobbio (1986) señala que; debe ser considerada
como un n para los entes que conforman una totalidad, entendiendo a la
persona como parte de la humanidad.
Sobre esa pretendida universalidad, en la teoría política surgida en algunos
países de Europa y Estados Unidos, Sousa Santos (2009), reexiona que dichas
circunstancias ha invisibilizado la realidad de los países del sur de América, por
cuanto; la desigualdad no sólo se origina en el capital y el trabajo. Para este au-
tor, debe reconocerse la diversidad, las contradicciones sociales y el ejercicio del
poder si se aspiran profundas transformaciones, como es el caso de la realidad
abordada, en lograr el acceso a la igualdad de género de la mujer indígena.
Lo cual implicaría, conforme al principio de igualdad, reconocer a la per-
sona en sus especicidades y condiciones inherentes a su estatus femenino,
en el caso de estudio, es necesario comprender la desigualdad ocasionada
la mujer por razón social étnica, edad, territorial, educativa, entre otros as-
pectos, coincidiendo que cuando un sujeto vive más de una condición de
discriminación, se trata ya de una discriminación múltiple.
Por cuanto, las sociedades indígenas han sufrido históricamente ese tipo
de discriminación, marginación y exclusión acarreando en desigualdades
profundas, es necesario considerar que el principio de igualdad no signica
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
144
un tratamiento igualitario para todos, contrariamente, comporta reconocer
la diversidad más allá de la igualdad formal en función de materializar el
principio cuando aplicas a cada unicidad lo que verdaderamente correspon-
de o necesita. En tal sentido, los Estados-Nación están obligados a garantizar
la igualdad formal y material minimizando las discriminaciones.
Retomando a Cansino (2008), sobre la necesidad de innovar el conoci-
miento político, se observa a la democracia como resultado de la interacción
social y no sólo como forma de gobierno, buscando develar el entramado de
relaciones y vivencias que conforma la experiencia social de los ciudadanos,
articulando también con otras experiencias dicho conocimiento político.
Particularmente, este estudio se enfoca desde la política de la complejidad,
denida por Cansino (2008), como el objeto de estudio orientado por la rea-
lidad compleja y cambiante que involucra las instituciones, sujetos, acciones,
sentidos, símbolos y signicados. Para este autor, en lo político, los signica-
dos se transmiten a través de un cúmulo de signos entre los cuales podría
destacarse la narrativa y el lenguaje. De igual forma se toman en cuenta
propuestas emergentes para las nuevas conguraciones teóricas.
En este mismo orden de construcción del conocimiento, se plantea ob-
servar la realidad de la mujer indígena como un hecho político prioritario
para la transformación social de los excluidos en el marco de una sociedad
que necesita ser fraterna con sus connacionales y extranjeros siguiendo
principios de reciprocidad, bienestar común y, sobre todo de superar las
brechas de la inequidad social.
Con base en los estudios interdisciplinarios que reconocen a la fraterni-
dad como una categoría política, la cual contempla el derecho de los seres
humanos a estar incluidos en un proyecto común, valorando la dignidad,
diversidad y la libertad de cada uno, este estudio acoge el principio de fra-
ternidad como medio de una nueva práctica política, también encontrada de
forma intrínseca en las identidades latinoamericanas.
Para Baggio (2009), la fraternidad está cobrando relevancia como cate-
goría política, pese a ser una especie de “principio olvidado” en la trilogía de
la Revolución Francesa de 1789, (compuesta por los conceptos de libertad,
igualdad y fraternidad) sus innegables raíces religiosas la han excluido de los
debates ideológicos, colocando la libertad a la derecha y la igualdad en la
izquierda. Doscientos años después, regresa a los espacios académicos para
confrontar el discurso postmoderno.
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
145
Según este autor, la fraternidad resulta clave para superar el desencuentro,
las diferencias ideológicas con miras a construir un proyecto nacional de inclu-
sión, que no sólo se limite a libertades e igualdades hegemónicas, contrario a
ello -desde el punto de vista político- permita redimensionar el vínculo social a
partir del reconocimiento de las identidades particulares y colectivas contextua-
das en un cuadro de referencia único como la familia humana, “…ya que cuando
nos denimos como hermanos, el otro no es distinto a mí, sino otro yo mismo.”,
implicando ello el respeto de todos sus derechos. (Baggio, 2009, p.54)
De acuerdo con Amaya (2017), la fraternidad requiere que una comunidad
estructure sus relaciones sociales, reconociéndose sus miembros como iguales,
unidos por lazos afectivos y dispuestos a cooperar y sostenerse mutuamente.
En esta línea de pensamiento, la fraternidad, comporta un principio político o
categoría que representa lo universal y lo político, lo cual a su vez; es la novedad
y un problema posible de resolver en la medida en que se supere otro proble-
ma clásico de la losofía política, como es el de la unidad política universal.
Tal como se ha planteado, la fraternidad como categoría política trae con-
sigo una serie de complejidades aún no resueltas, como la superación de
viejos paradigmas y estructuras del pensamiento que perciben al “otro” sin
valorar su diversidad o especicidad en un marco de relaciones que anulan
la otredad. Por ello, en este análisis se plantea la deconstrucción y construc-
ción de categorías emergentes que visibilicen la diversidad, equidad, justicia,
dignidad, con miras a incorporar a todos en una misma condición de oportu-
nidades y encuentros en el marco del respeto a los principios fundamentales
de la paz y la convivencia societaria.
NOCIONES DE INTERCULTURALIDAD, GÉNERO Y DERE-
CHOS INDÍGENAS
Ante la histórica exclusión de los pueblos indígenas por parte de los Es-
tados Nación, la búsqueda del reconocimiento inclusivo se centra en el goce
de la igualdad, y ser tratado en un mismo nivel de condiciones ante los otros
diferentes, sin embargo, iguales. Desde esta perspectiva, la interculturalidad
se observa como el encuentro entre sociedades diferentes, lo cual también
implica la reexión crítica para develar el ejercicio del poder dominante, en
la cual puede fungir, como proyecto político y espacio necesario en el otor-
gamiento de los signicados emanados de las relaciones dadas entre los
sujetos con modos de vida y pensamiento diferente, contextos en los cuales
se crea, recrea y reinventa la identidad histórica, social, cultural y política.
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
146
En Latinoamérica y particularmente Venezuela como referencia concreta
del análisis, la mujer indígena se le reconoce su derecho a la diferencia por
ser Estados que se autodenen como multiétnicos y pluriculturales, es decir,
se válida la existencia de distintas culturas, lo que a su vez justica el tránsito
a la interculturalidad, el diálogo y encuentro de los diferentes.
Asimismo, en esta revisión conceptual, se concibe la noción de género
(como la raza o la etnia), la cual funciona como un principio organizador de la
sociedad, cuando se le otorga un signicado cultural al hecho de ser hombre
o mujer (Agencia Canadiense de Desarrollo Internacional ACDI, 2001). Por
ejemplo, la división para el trabajo según el género es una muestra clara. Ya
que en la mayoría de las sociedades hay modelos claros en lo que concierne
al “trabajo de la mujer “y al “trabajo del hombre”, tanto en el hogar como
fuera de este y las razones que lo explican son de orden cultural, siendo
modelos que varían de una sociedad a otra.
En este orden de ideas, se resaltan los obstáculos que impiden la parti-
cipación de las mujeres en la toma de decisión de tipo político y económico,
originándose al margen de su cualicación, en los prejuicios y estereotipos
culturales entretejidos en torno a la mujer, la discriminación y la visión tradi-
cionalista de los roles de género, produciendo una debilitada posición social
de la mujer, como los valores culturales y sociales que enfatizan la impor-
tancia del cuidado de los hijos y la familia, impidiendo a estas incursionar de
forma libre en el campo laboral económico y político.
De acuerdo a estas circunstancias, surge la propuesta de transversalizar
el género, como medio para contrarrestar la inequidad, en la promoción de
la igualdad de género y autonomía de la mujer, ubicado como uno de los
ocho objetivos de la Declaración de los Objetivos del Milenio OM (2000),
aprobada por la comunidad internacional, en su intento por reducir la po-
breza y las desigualdades, erigiendo la posibilidad de medición de las metas
a través de sus indicadores, además comporta un instrumento de amplia-
ción de oportunidades de participación de las mujeres.
Asimismo, con base a este enfoque de género, se contemplan los Obje-
tivos de Desarrollo Sostenible, especícamente el ODS 5, el cual propone:
Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y ni-
ñas, vinculándolas con el propósito de este estudio, se destacan las siguien-
tes metas: a) Velar por la participación plena y efectiva de las mujeres y la
igualdad de oportunidades de liderazgo a todos los niveles de la adopción
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
147
de decisiones en la vida política, económica y pública; b) Emprender refor-
mas que otorguen a las mujeres el derecho a los recursos económicos en
condiciones de igualdad, así como el acceso a la propiedad, control de las
tierras y otros bienes, los servicios nancieros, recursos naturales conforme
al ordenamiento jurídico venezolano.
En tal sentido, la búsqueda de igualdad de género, conmina a reexionar
sobre las prácticas sociales reproducidas sistemáticamente al seguir patro-
nes estructurales establecidos por la sociedad dominante en sus relaciones
de poder, situaciones posibles de transformarse con la toma de conscien-
cia de la desigualdad vivida, comprendiendo que; la igualdad de género, no
signica que la mujer llegue a ser lo mismo que el hombre, al contrario los
derechos y oportunidades de uno, no dependan del hecho de ser mujer u
hombre, siendo signicativos los aportes de los movimientos feministas en
la visibilización de las condiciones de vulneración y discriminación sufridas
por las mujeres.
Por otra parte, la equidad de género y el enfoque de los derechos hu-
manos de la mujer originan constantes debates que cuestionan la capaci-
dad para ofrecer una protección efectiva a las mujeres y una garantía al
disfrute efectivo de los derechos fundamentales. Abordar desde una mirada
fraterna la política de igualdad de género de la mujer, exige entender ¿por
qué? a pesar de los esfuerzos realizados y los logros alcanzados tanto a nivel
internacional como nacional, aún persiste la incapacidad para ofrecer una
protección efectiva a las mujeres, sobre todo a las nativas.
Por consiguiente, se hace necesario cuidar el discurso en la defensa de
la igualdad de género de la mujer indígena, en virtud que; cuando se parte
del enfoque de los derechos humanos desde la visión occidental y universal,
se puede incurrir en el error de imponer concepciones de mujer y género
distintas a las realidades especícas de la mujer amerindia.
Desde el plano jurídico y legal, existen mecanismos para la protección de
la mujer tanto en el ordenamiento jurídico interno como a nivel internacio-
nal, contenidos en los diferentes pactos, convenios, declaraciones y tratados
internacionales suscritos por los Estados y otros con carácter vinculante en
el derecho interno.
Tal es el caso, de la convención sobre la eliminación de todas las for-
mas de discriminación contra las mujeres (CEDAW siglas en inglés), conocido
como el principal instrumento internacional de derechos humanos de las
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
148
mujeres. Declarando desde su preámbulo la obligación de los Estados en
garantizar al hombre y la mujer la igualdad en el goce de todos los derechos
económicos, sociales, culturales, civiles y políticos. Asimismo, condena todas
las formas de discriminación contra la mujer y se comprometen a establecer
políticas que hagan efectivas estos derechos. Por otro lado, la convención
Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la
mujer (Belém do Pará), fundamenta la búsqueda de transformación en las
relaciones desiguales de poder entre hombres y mujeres, consagrando el
derecho de la mujer tanto en el ámbito público como privado.
Con relación a los derechos a la diversidad cultural, está reconocida en el
ordenamiento jurídico interno de los Estados Amerindios y, a nivel internacional
en diferentes instrumentos, por su parte, Naciones Unidas, crea una Declara-
ción de los pueblos indígenas del Mundo (2007), reconociendo a la diversidad
y pluralidad cultural en la cual coexisten los pueblos originarios, en este senti-
do, expresa en su Artículo 8; “que el derecho de los pueblos otorga el derecho
colectivo a una cultura, lo cual implica una identidad particular en un espacio
territorial propio”, comportando para los Estados plantear formas o medios que
propendan la interculturalidad y complementariedad de la sociedad, a través de
políticas sociales que promuevan el desarrollo de la cultura y el fortalecimiento
de lo propio desde un enfoque de derechos humanos colectivos.
Otro instrumento que promueve la protección de los derechos colectivos
y la mujer indígena, es el Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT), referente a los Pueblos Indígenas y Tribales en Países indepen-
dientes convocando a los Estados a crear una agenda pública con miras al
diálogo entre las diversas culturas que conviven en un mismo hábitat o te-
rritorio, es decir; los programas tendientes al desarrollo democrático, inter-
cultural y participativo deben comprometerse en función de esta realidad.
De acuerdo con este contexto, las políticas públicas con enfoque en de-
rechos humanos colectivos y en lo particular en igualdad de género de la
mujer indígena implican un cambio profundo en la institucionalidad demo-
crática, sociedad y Estado.
METODOLOGÍA
Por las múltiples vertientes de tipo, cultural, social, histórica y simbólica que
rodean la temática, se exige una compresión sistemática profunda para captar
los signicados concretos y únicos en su espacio temporal, por ello, se aplicó el
enfoque intersubjetivo, a n de privilegiar esa riqueza subyacente de la realidad
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
149
abordada. En tal sentido, el estudio siguió una ruta metodológica descriptiva
con base etnográca, priorizando a la mujer nativa, como sujeto histórico cultu-
ral y político, predeterminante en este abordaje, posibilitando el alcance de las
realidades cuya naturaleza y estructura peculiar sólo pueden ser captadas des-
de el marco de referencia interno del sujeto que las vive y experimenta, en este
caso especíco, observar desde la mujer, la construcción simbólica en torno a
la fraternidad e interculturalidad como categorías emergentes en el marco del
diseño de políticas para la igualdad de género de la mujer indígena.
En cuanto a la muestra de estudio, se tomó de manera intencional, 2
historiadoras claves que proporcionaron su discurso narrativo para el con-
traste con la información analizada en los documentos y textos.
ESTADO Y POLÍTICAS PÚBLICAS CON ENFOQUE DE GÉNERO
El Estado, lo dene O’Donnell (2008); como una entidad que demarca
un territorio frente a otras entidades semejantes, proclamando autoridad
sobre la población de ese espacio territorial en cuestión y, a su vez, es reco-
nocido por otros actores estatales a nivel internacional. En América Latina,
según este autor; los Estados han emergido producto de procesos históricos
complejos y diferentes a los Estados de los países centrales.
De acuerdo con esta denición, el Estado incorpora al menos cuatro di-
mensiones a saber: a) aparato burocrático; b) sistema legal; c) foco de identi-
dad colectiva; d) Estado ltro regulador. Según O´Donnell (2008), esta con-
guración muestra la ecacia de las burocracias estatales, la efectividad de su
sistema legal, su papel en el foco de la identidad democrática y de su condi-
ción de ltro en la búsqueda del bienestar de la población y de los agentes
económicos que operan en su espacio geográco.
En consecuencia, pensar en una democracia efectiva para sus ciudada-
nos, conlleva a observar que el Estado tiene una función importante en la
sociedad libre y democrática y no es otro que permitir a los ciudadanos,
independientemente de su nivel de ingreso, condición social, racial o física,
el goce de sus derechos humanos fundamentales, garantizando el acceso
a la educación, salud y justicia en igualdad de condiciones. No obstante, la
realidad de los países latinoamericanos y, en particular Venezuela como re-
ferencia concreta de este estudio, está alejada del cumplimiento efectivo de
esa función ideal del aparato estatal, contrariamente, resulta insuciente el
esfuerzo del Estado en promover las políticas necesarias para sostener y
expandir la democracia pluricultural concebida constitucionalmente.
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
150
Por ello, revisar la acción política del Estado, remite la observación de la
democracia y sus mecanismos de inclusión, tal como se ha evidenciado de
forma sustancial el fundamento de las políticas públicas dirigidas a la igual-
dad de la mujer indígena, son situaciones aún no resueltas. Y precisamente
este es el punto de partida de esta nueva búsqueda del conocimiento.
Es menester aclarar que, en este análisis se observa a las políticas pú-
blicas, como instrumentos o herramientas en los cuales el Estado, luego de
identicar una necesidad de origen (económica, política, ambiental, social,
cultural, entre otras) implementa un conjunto de medidas reparadoras,
construidas con la participación de los grupos afectados por los diversos
problemas.
En torno a las políticas públicas, Ortegón (2008), las dene como una
directriz que guía la acción pública en un proceso sistemático, dinámico y
participativo, por lo cual; orienta objetivos, instrumentos, actores y recursos
para generar un cambio, están unidas al rol del Estado ante la sociedad civil
en los procesos políticos y en las instituciones en que se desenvuelven.
En tal sentido, el Estado, sin políticas públicas, comportaría un sistema
político sin rumbo ni horizonte claro, concentrando la distribución del poder
y la riqueza en los actores políticos. Análogamente, las políticas públicas sin
lineamientos estratégicos, terminaría en propuestas de gobierno y Estado.
De acuerdo con Ortegón (2008); la teoría debe estar en sintonía con la prác-
tica, el discurso con las acciones y las propuestas con las realidades para
tener sistemas operativos viables y conables.
Sin estos principios, las políticas públicas estarían surgiendo sin profundizar
en los recursos necesarios para la implementación, evaluación y seguimiento
que permitan detectar, las dicultades y alternativas de solución en el proceso
de ejecución. Por cuanto, puede avanzarse en el desarrollo de las políticas de
protección de la mujer, no obstante, si no hay claridad en la realidad particular
como es el caso de la mujer indígena, se producen las inconsistencias y un im-
pacto nulo en el cambio de las situaciones no resueltas de la mujer.
En términos generales, las políticas públicas con impacto en las mujeres
se legitiman en los movimientos sociales que reclaman en el espacio públi-
co los cambios necesarios y respuesta a los derechos reconocidos por el
Estado. Tal como se contempla en La Convención sobre la “Eliminación de
todas las formas de Discriminación contra la mujer”, raticada en Venezuela
en 1982 y el Congreso Nacional la aprueba como Ley de la República en
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
151
1983, mientras que la Convención Interamericana para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia contra las mujeres “Convención Belén do Pará”, fue
aprobada mediante Ley por el Congreso Nacional de la República de Vene-
zuela en noviembre de 1994, publicada en Gaceta Ocial N 35.632 de 1995.
Según, la Comisión Económica para América Latina. CEPAL (2012), las po-
líticas públicas en materia de Género (PPG), representan un rol fundamental
en las transformaciones de las relaciones de género en los distintos países
latinoamericanos y caribeños, en virtud que desde el inicio de los ochenta en
adelante, en el contexto de conguración de las democracias en los países
de la región, posterior a los regímenes dictatoriales y de largos procesos de
pugnas internas, comenzaron a cuestionar el orden impuesto por el modelo
neoliberal, demandando un rol activo del Estado.
En este contexto, surgen las políticas de igualdad, concretadas en minis-
terios, consejos e institutos de la mujer en sintonía con la agenda internacio-
nal de derechos propuestas a los gobiernos, además; la globalización trajo
consigo, el movimiento feminista y de mujeres que empezaron a visibilizarse
en el espacio público como tales, replanteando así, su relación con el Estado.
De esta manera, la inclusión del género en el campo de la política pú-
blica ha venido implicando una modicación del discurso institucional del
Estado, permitiendo incorporar en la agenda pública los temas relativos a
la mujer, no obstante, pese a los avances descritos, aún se presentan de-
mandas no atendidas como es el caso de las mujeres indígenas, las cuales
representan poblacionalmente un aproximado de 20 millones en América
Latina, formando parte, tanto del movimiento indígena como de las mujeres,
un dual protagonismo, necesario de comprender por la complejidad en la
cual ha emergido, ya que no se trata de excluir un derecho por otro, es decir,
el derecho de la mujer ante el derecho colectivo de los pueblos indígenas,
sino de comprender que la naturaleza de estos implica dinámicas diferentes.
Entre las debilidades de las políticas públicas con impacto en la mujer
indígena, se observa un desconocimiento cultural de las sociedades y sus
sistemas de educación propia, reproducción de los saberes tradicionales,
lenguas, territorialidad, modo de vida, porque en el diseño de la PPG no se
concibe estas particularidades, sino contrariamente se homogeniza el im-
pacto a las beneciarias.
A propósito de lo descrito en el párrafo anterior, la Comisión Intera-
mericana de los Derechos Humanos. CIDH (2020), hace énfasis en la ne-
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
152
cesaria adopción de medidas, por parte de los Estados, que incluyan de
forma prioritaria la atención de mujeres adolescentes y niñas, víctimas de
matrimonio forzado, abuso infantil y las provenientes de zonas rurales y
grupos tradicionalmente excluidos y vulnerables como indígenas, afrodes-
cendientes o pertenecientes a otras minorías étnicas, con escasos recursos
económicos, así como niñas y adolescentes LBTI, migrantes, refugiadas, en
situación de calle, con alguna discapacidad, o afectadas por el SIDA/VIH. Des-
tacando la comisión, que los Estados deben adoptar dichas medidas desde
una perspectiva de interseccionalidad y múltiples factores de vulnerabilidad
y discriminación asociados no solo a su condición de niña y mujer.
En Venezuela, se ha avanzado signicativamente en el desarrollo de PPG
con la globalización, internacionalización de los derechos, enfoque de de-
rechos humanos, haciendo énfasis en el servicio social, y el reconocimiento
de los derechos colectivos indígenas, sin embargo, se repite lo que pasa a lo
largo del continente con referencia al alcance en la realidad de la mujer indí-
gena, la cual reside en su mayoría en zonas rurales, y no posee información
de los programas y acciones de gobierno, el acceso a la toma de decisiones,
salud, educación, justicia, servicios sociales es limitada, con ello se evidencia
que los mecanismos jurídicos e institucionales por si solos no son sucien-
tes, haciéndose necesario la participación de la mujer nativa en los procesos
de diseño, implementación y evaluación de la PPG.
En cuanto al acceso a la justicia, hay un desconocimiento de los derechos
de la mujer, en las comunidades rurales, fronterizas, territorio donde resi-
den en su mayoría, las mujeres nativas, y sobre todo de los procedimientos a
seguir, en caso de sufrir algún tipo de violencia, según algunas experiencias,
los operadores de justicia no siempre contribuyen a educar a la población
femenina sobre sus derechos, tal como lo percibe esta historiadora en el
siguiente testimonio: “…seguimos viendo que la mujer llega a los entes, gol-
peadas, maltratadas, topándose a funcionarios insensibles, que dicen: -Y tú-
¿qué hiciste para que te golpearan? Además, tienes que contar los hechos
muchas veces, pasando de una ocina a otra” (E2: Línea 101-104)
De acuerdo, al relato anterior de una mujer nativa víctima de violencia en
su hogar, se observa como los esfuerzos del Estado se diluyen por la inope-
rancia, falta de coordinación entre los entes encargados al momento de brin-
dar acceso a la justicia, generando una doble victimización en la mujer vulne-
rada en alguno de sus derechos, situaciones que pueden estar inuenciadas
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
153
por prejuicios sociales, culturales y bajo una mirada androcéntrica que coloca
a la gura masculina como dominante en la sociedad, cuando la mujer en las
culturas amerindias son el centro del saber y reproductora de los valores cul-
turales, aspectos a considerar en el diseño de la acción pública.
Bajo esta consideración, las instituciones del Estado están en la obligación
de responder las demandas de las víctimas, porque cuando los operadores de
justicia no atienden debidamente la denuncia, de cierta manera, sistematizan
una cadena social de violencia, en virtud que la administración de Justicia es
un elemento fundamental para garantizar los derechos de la mujer.
En consecuencia, la institucionalidad política del Estado Venezolano debe
abocarse a optimizar los procesos y procedimientos, por los cuales atraviesa
la victima al momento de denunciar una vulneración de sus derechos, facili-
tando previamente a los operadores de justicia la preparación y sensibilización
en los casos de las condiciones socioculturales que caracterizan a la mujer
indígena, puesto una asistencia inadecuada, puede producir revictimización
de la víctima de delitos diversos con graves efectos psicológicos y además la
desconanza en las instituciones del Estado. Interpretándose, la necesidad de
incorporar las concepciones de fraternidad e interculturalidad en los planes,
políticas, programas y rutas de atención a la mujer en condición de víctima.
Preciso necesario, reiterar nuevamente en este análisis, que la condición
sociocultural de la mujer indígena, la coloca en una doble vertiente de vulne-
rabilidad, por un lado, ser mujer y por el otro; poseer una identidad cultural
diferente a la sociedad dominante. La segunda, arrastra consigo la carga
histórica, social e ideológica a la que han estado sometidas por siglos las
sociedades amerindias, por lo cual se impone desmiticar los discursos y
narrativas en el espacio público, una tarea nada simple cuando la negación
y falta de reconocimiento es la consigna más relevante de las sociedades no
indígenas. Por ello, la ruta es hacia el diálogo, encuentro fraterno entre las
culturas diferentes.
DIÁLOGOS NECESARIOS: FRATERNIDAD E INTERCULTU-
RALIDAD
En el quehacer cientíco con miras al reconocimiento de la diferenciali-
dad, puede armarse; que no hay interculturalidad sin encuentro fraterno. Y,
este último remite a la observancia del otro con identidades particulares en
un escenario de diversidad cultural. Para Mujica (2007), la interculturalidad
como enfoque social y político implica, primeramente; deconstruir las es-
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
154
tructuras que reproducen la discriminación para construir a su vez, espacios
de reconocimiento de los derechos especícos de las sociedades nativas, se-
guidamente; estos sujetos históricos deben convertirse en sujetos sociales y
políticos transformadores de sus realidades locales, vulnerados sistemática-
mente por la sociedad y el sistema político.
Según el planteamiento anterior, pensar la interculturalidad remite a lo
diverso y unitario en las concepciones de vida, sentimientos y formas de
relacionarse en la convivialidad con los otros, suponiendo ello, el recono-
cimiento de los derechos de esos “otros”, basados en los principios de li-
bertad, respeto, equidad y tolerancia, sin ceder la autonomía propia en el
proceso de diálogo y encuentro.
Desde el preámbulo de la Constitución de la República Bolivariana de Ve-
nezuela (1999), se establece el carácter democrático, protagónico, multiét-
nico y pluricultural de la nación, incorporando además el reconocimiento de
la diversidad, se dedica un capítulo especial a los Derechos de los Pueblos
Indígenas, implicando una extensión amplia e integral de los derechos, que
incluye no sólo los aspectos de su vida material, sino también sus rasgos
esenciales constitutivos de su identidad particular.
En esta perspectiva, el derecho colectivo, se interpreta a partir del sentido
de pertenencia grupal, tal como se reeja en este texto: “…a lo que me de-
ne socialmente es ser de un grupo familiar, clanil, y étnico, específicamente
el conocido como wayuu”. Asimismo, expresa el informante: “Estoy más allá
de la individualidad -Soy parte de un colectivo- que condiciona toda mi vida
y relaciones, sin embargo, reconozco que he sido enseñada para vivir un
mundo diferente al de los otros que no son como yo”. (E1: Líneas: 5-10), en
ambos textos se percibe la adscripción a la identidad propia y el reconoci-
miento de otras diferentes.
En la narrativa de las historiadoras, se asoman vestigios que son nece-
sarios de comprender en el campo de la política de la fraternidad, como
puede observarse en las siguientes líneas: “…a pesar de que si llega la ayuda
del gobierno en nuestros territorios, muy a pesar de ello, hay mucha discri-
minación a nosotras, por ejemplo sino formas parte del partido ocial no te
toman en cuenta para nada” (E1 L: 50-53).
Considerándose necesario para el desarrollo humano integral de la mu-
jer indígena en el país, en primer lugar; la garantía del Estado en el respeto a
los derechos inherentes a la mujer, libre tránsito en el territorio, tutela judi-
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
155
cial, acceso al trabajo, a la educación, salud, servicios públicos y, en segundo
lugar; conguración de la política pública tendiente a fortalecer las identida-
des construidas colectivamente; promoción de la participación social de la
mujer desde las costumbres tradicionales y no a partir de modelos impues-
tos ajenos a la idiosincrasia genuina; sensibilización a los funcionarios de
orden, control y operadores públicos, sobre las realidades culturales étnicas,
medidas sustentadas en una política de fraternidad, que contribuyan con
la justicia y bienestar ante los atropellos sufridos diariamente por la mujer
nativa en zonas de alto riesgo como la frontera.
ALGUNAS APROXIMACIONES INTERPRETATIVAS
Más allá del reconocimiento del derecho a la igualdad de la mujer, aún
el sistema político venezolano, no ha logrado resignicar en la sociedad los
nuevos constructos, cuando lo estatuido jurídicamente por el Estado y sus
instituciones no se cumple elmente, observándose, por un lado; las normas
y por otro; su débil cumplimiento, así lo devela el análisis a través de los ca-
sos de violencia, discriminación en contra de las mujeres en diversos escena-
rios, particularmente, el caso de la mujer indígena como minoría étnica está
aún más sometida a la segregación y alienación cultural en sus identidades.
Sobre el planteamiento anterior, válido referenciar los abusos sexuales,
hechos de violencia de diversa índole, discriminación a la mujer indígena
que sufren a diario en los puestos de control fronterizo, lugares donde ha-
bita en su mayoría, las poblaciones indígenas del país y que por razones de
movilidad económica, abastecimiento de alimentos entre otros, las féminas
nativas tienen que pasar continuamente por estos sitios, preocupa las cifras
no registradas ya que por temor a las represalias de las autoridades, las mu-
jeres se niegan a denunciar este tipo de abusos suscitados en sus propios
territorios y hábitat naturales, aunado a la presencia de grupos armados al
margen de la ley que también incurren en violaciones agrantes de los dere-
chos civiles de las mujeres indígenas, poniendo de maniesto los retos que
aún existen para erradicar las distintas formas de violencia contra la mujer.
Impera comprender en América y particularmente, Venezuela como refe-
rencia concreta de este análisis, que la violencia contra la mujer es un tema
de agenda pública, reconociendo los avances logrados en el tiempo y espacio,
producidos por el incesante movimiento de las mujeres a nivel global y local,
surgidos desde las organizaciones de base y sociedad civil, no obstante, se
hace necesario también, mirar de forma consciente las debilidades del siste-
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
156
ma político, el real impacto de la acción estatal para enfrentar efectivamen-
te este fenómeno, las barreras socioculturales que ocasionan los discursos
y narrativas, cuando los funcionarios u operadores de justicia, trasladan a la
práctica institucional, esos discursos cargados de estereotipos, haciendo más
complejo el acceso a la justicia para las mujeres, produciendo espacios de
violencia institucional con la inoperatividad de la política pública.
En cuanto al objeto de estudio propuesto sobre la política pública para la
igualdad de género de la mujer indígena desde la perspectiva de la fraternidad e
interculturalidad, se considera como condición fundamental que el diseño, im-
plementación y evaluación sea con enfoque en derechos humanos colectivos,
lo cual implica vincular en todas sus fases a ese sector relegado por condiciones
sociales, étnica y/o culturales, además de otorgarles poder en las decisiones.
Con relación a la categoría de la fraternidad, concebida con nes de inclu-
sión, su primer elemento corresponde a la igualdad política, lo cual implica la
búsqueda del cambio en la lógica de elaboración de políticas orientadas a
la mujer como victimas pasivas receptoras de asistencia a la orientación de
mujeres protagonistas y transformadoras de cambios.
Por su parte, la interculturalidad, transversaliza los derechos relativos a
la diversidad cultural, igualdad de género, mujer indígena, diálogo, inclusión
y fraternidad en razón del encuentro entre las sociedades diferentes, según
esta interpretación lo público, sugiere una transformación profunda de sus
instituciones para atender las demandas de la población femenina nativa, la
idea es ampliar las bases de la participación para desarrollar en la sociedad
relaciones de encuentro y reconocimiento mutuo.
Finalmente un aspecto determinante en la garantía de los derechos de
igualdad de la mujer indígena está relacionado a la situación de extrema
pobreza que viven las nativas del país, con limitado acceso a un sistema de
salud, educación, tutela judicial, servicios públicos como agua, electricidad,
entre otros, impactando sustancialmente la calidad de vida y dignidad huma-
na, lo cual exige del Estado una concreción en la formulación de políticas y
programas especícos y ecaces que reviertan el panorama actual.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Amaya, Amalia (2017)
La Relevancia de la Fraternidad.
Julieta Marcone y Sergio
Ortiz. Leroux (eds). Las formas de Fraternidad. Disponible en SSRN:
http://dx.doi.org/10.2139/ssrn.3078197
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
157
Baggio, Antonio (2009) Comp.
La Fraternidad en perspectiva política. Exigencias,
recursos, deniciones del principio olvidado.
Editorial Ciudad Nueva, Buenos
Aires.
Bobbio, Norberto. (1986)
El Futuro de la Democracia. Sección de obras de Política
y Derecho.
Fondo De Cultura Económica. México.
Cansino, Cesar. (2008)
La Muerte de la Ciencia Política.
Editorial Sudamericana.
Buenos Aires. Argentina.
Coey, Amanda; Atkinson, Paúl. (2003)
Encontrar el sentido a los datos cuali-
tativos. Estrategias complementarias de investigación.
Editorial Universidad de
Antioquia. Colombia.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Publicada en
la Gaceta Ocial de la República de Venezuela Nº 36.860. Diciembre 30 de
1999.
Dussel, Enrique. (2001)
Hacia una Filosofía Política Crítica.
Latina. Editorial Des-
clee De Brouwer, S.A. Bilbao
Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas. (2005). Gaceta Ocial
de la República Bolivariana de Venezuela No. 38.344 Ordinario. 27 de Di-
ciembre 2005.
Ley Aprobatoria del Convenio No 169 de la Organización Internacional del
Trabajo Sobre Pueblos Indígenas y Tribales. (2001) Gaceta Ocial de la
República Bolivariana de Venezuela No. 37.305. 21 Diciembre 2001.
Mujica Bermúdez Luis (2007)
Hacia la formación de las identidades.
En: Educar
en la Ciudadanía Intercultural. Experiencias y retos en la forma-
ción de estudiantes universitarios indígenas. Fondo Editorial de la
Ponticia Universidad Católica del Perú.
Naciones Unidas (2018) La agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Soste-
nible: una oportunidad para América Latina y el Caribe (LC/G. 2681-P/Rev.
O´Donnell, Guillermo. (2008)
Hacia un Estado de y para la democracia.
En:
Democracia, Estado y Ciudadanía. Coordinado por Mariani, Rodolfo.
PNUD. Serie contribuciones al Debate.Volumen II
Organización de las Naciones Unidas ONU (2007). Declaración de las Nacio-
nes Unidas sobre los Derechos de las Poblaciones Indígenas. Nueva York:
ONU.
CLÍO:
Revista de ciencias humanas y pensamiento crítico.
Año 3, Núm 5. Enero / Junio (2023)
Rubia Cecilia Luzardo Polanco
Igualdad de género de la mujer indígena: una mirada desde la fraternidad... PP: 140-158
ISSN 2660-9037
158
Sartori, Giovanni. (1992) L
a Política, Lógica y Método en las Ciencias Sociales.
Fon-
do de Cultura Económica. México.
Sousa Santos, B. (2010)
Refundación del Estado en América Latina. Perspectivas de
una Epistemología del Sur.
Ediciones IVIC. Caracas.
Sousa Santos, B. (2009).
Una concepción multicultural de los Derechos Humanos.
México: Editorial Trillas.
Taylor, S. y Bodgan, R. (1992)
Introducción a los métodos cualitativos de investiga-
ción.
Paidos. Barcelona. España.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH, 2020). Violencia y
discriminación contra Mujeres, niñas y adolescentes. Disponible en página
Web: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/ViolenciaMujeresNNA.
pdf.
Convención de Belém do Pará (1996) Convención Interamericana para Pre-
venir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de
Belém do Pará” Disponible en página web: https://www.unicef.org/argenti-
na/spanish/ar_insumos_ConvencionBelem.pdf
Ortegón, Edgar (2008) Guía sobre Diseño y Gestión de la Política Públi-
ca. Disponible en página web: http://cpps.dyndns.info/cpps-docs-web/
secgen/2015/pol-oceanica-regional/Doc%2011.Guia%20sobre%20ges-
tion%20y%20diseno%20de%20la%20politica%20publica.pdf.