1) Principios generales de autoría (ICMJE)
La Revista Clío adopta los criterios del International Committee of Medical Journal Editors (ICMJE). Será considerada autora o autor toda persona que cumpla simultáneamente las siguientes condiciones:
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Con el fin de promover la diversidad de autorías, garantizar la rotación de contribuciones y prevenir prácticas endogámicas, las personas autoras que hayan publicado en números previos de la Revista Clío deberán esperar un mínimo de cuatro (4) números posteriores antes de postular un nuevo manuscrito para publicación en la revista. Esta disposición se aplicará sin perjuicio del cumplimiento de los criterios editoriales y del proceso de evaluación por pares vigente.
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Contribución sustantiva a la concepción o diseño del estudio; o a la adquisición, análisis o interpretación de los datos.
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Redacción del manuscrito o revisión crítica con aportes intelectuales relevantes.
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Aprobación final de la versión enviada a publicación.
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Responsabilidad pública por la integridad del trabajo, respondiendo por cualquier parte de su contenido.
Quienes no cumplan todas estas condiciones no deben figurar como autores/as.
2) Prácticas no admitidas
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Autoría honoraria, invitada o de regalo (gift/guest authorship): prohibida.
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Autoría fantasma (ghost authorship): prohibida.
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Compra de autoría: prohibida.
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Inclusión de directivos, financiadores o personal técnico que no cumpla criterios ICMJE: se reconocerá en Agradecimientos, no como autoría.
3) Taxonomía de contribuciones (CRediT)
Se exige declarar las contribuciones mediante la taxonomía CRediT. Roles habituales (lista no exhaustiva):
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Conceptualización; Metodología; Software; Validación; Análisis formal; Investigación; Recursos; Curación de datos.
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Redacción – borrador original; Redacción – revisión y edición; Visualización; Supervisión; Administración del proyecto; Adquisición de financiación.
Modelo breve (sección “Contribuciones de autoría”):
“J.F.V.: Conceptualización, Metodología, Redacción–borrador original.
M.R.: Curación de datos, Análisis formal, Visualización.
L.P.: Supervisión, Redacción–revisión y edición, Adquisición de financiación.”
4) Autor/a de correspondencia
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Responsable de la gestión editorial, la integridad administrativa del envío y la comunicación con la revista.
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Debe garantizar: autorización de todas las personas coautoras, coherencia entre la lista de autoría y los roles CRediT, disponibilidad de datos y materiales, y transparencia en financiación y conflictos de interés.
5) Orden de autoría y contribuciones iguales
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El orden de autoría refleja el grado de contribución y debe ser acordado por todas las personas autoras antes del envío.
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Se permiten contribuciones iguales (“contribuyeron por igual”), que deben declararse explícitamente.
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La revista no media en disputas de autoría; en caso de conflicto, el proceso podrá suspenderse hasta recibir una resolución institucional documentada.
6) Cambios en la autoría (adición, eliminación o reordenamiento)
Toda modificación posterior al envío requiere:
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Solicitud firmada por el/la autor/a de correspondencia explicando la razón.
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Consentimiento escrito de todas las personas autoras (incluidas las añadidas o eliminadas).
Si el artículo estuviera aceptado o publicado, se evaluará la emisión de un corrigendum o erratum.
Plantilla de solicitud (resumen):
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Título del manuscrito y código editorial.
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Cambio solicitado (añadir/eliminar/reordenar).
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Justificación explícita conforme a los criterios ICMJE.
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Declaraciones firmadas de conformidad (todas las personas autoras).
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Fecha y firma del/de la autor/a de correspondencia.
7) Afiliaciones, identificadores y transparencia
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Indicar la afiliación institucional vigente al momento del trabajo (máximo dos por autor/a).
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El identificador ORCID es obligatorio para todas las personas autoras.
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Declarar fuentes de financiación y conflictos de interés según el formato de la revista.
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Cuando corresponda, incluir aprobaciones éticas y consentimientos informados.
8) Agradecimientos
Se reconocerán contribuciones que no cumplan criterios de autoría (asesoría técnica, apoyo administrativo, edición lingüística, etc.), previa autorización de las personas mencionadas.
9) Uso de herramientas de IA
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Las herramientas de IA no cumplen criterios de autoría y no pueden figurar como autoras.
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Su uso debe declararse (herramienta, versión y propósito). Las personas autoras asumen plena responsabilidad por la exactitud, originalidad y el respeto de derechos.
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Se prohíbe el uso de IA para fabricar datos, alterar imágenes o manipular resultados.
10) Datos, materiales y autor/a garante
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Se recomienda designar un/a autor/a garante de los datos, responsable de su trazabilidad y disponibilidad conforme a la política de datos abiertos.
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Cualquier restricción (contratos, confidencialidad, datos personales) debe declararse y justificarse.
11) Colaboraciones extensas, grupos y consorcios
En trabajos de consorcios, la autoría puede ser colectiva. Se acompañará un anexo con la lista completa de miembros y sus roles CRediT.
Cuando se liste un grupo como autor, deberá definirse el modo de citación de sus miembros en los metadatos para WoS/Scopus.
12) Autores fallecidos o legalmente inhabilitados
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Puede incluirse una persona fallecida si cumplió los criterios de autoría; se indicará con “†” y la nota correspondiente.
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En casos de inhabilitación legal, deberá aportarse documentación y consentimiento del/la representante legal.
13) Menores y tutelas
Las personas menores de edad no figurarán como autoras. Su contribución, de existir, se reconocerá en Agradecimientos con el consentimiento de los/as tutores/as legales.
14) Integridad y sanciones
La violación de estas pautas (autoría de regalo, ocultamiento de contribuciones, uso indebido de IA, conflictos de interés no declarados) podrá derivar en: rechazo del manuscrito, retractación posterior, notificación a las instituciones de afiliación y restricciones futuras de envío.